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Prácticas no laborables: ¿Qué son y cómo solicitarlas?

Indice

Las prácticas no laborables son una modalidad de contratación que ofrecen a los jóvenes titulados obtener experiencia en un determinado sector, teniendo como objetivo mejorar la empleabilidad de los jóvenes a través de experiencias de trabajo. Permitiendo no sólo aplicar los conocimientos adquiridos, sino también entrar en contacto con posibles empleadores.

Este tipo de experiencia de trabajo es gestionada por el Servicio Público de Empleo y, aunque son remuneradas y cotizan, no son un contrato de trabajo. Consisten en periodos de prácticas en empresas independientes de formación, por lo que no son requisito indispensable para obtener el título. Por lo general, solamente pueden realizarlas jóvenes de entre 18 y 25 años, pero también se admiten a jóvenes registrados en el Fichero Nacional del Sistema de Garantía Juvenil que tengan menos de 30 años.

Tienen una duración de entre tres y nueve meses, y deben ser remuneradas por la empresa en la que se esté trabajando. Dicha remuneración se recibe en forma de beca y nunca puede ser inferior al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Además, el trabajador quedará incluido en el Régimen General de la Seguridad con los mismos derechos que las personas que forman parte de programas de formación. La cotización de las prácticas profesionales no laborables queda recogida en el Real Decreto Ley 28/2018, que establece la obligación de cotizar a la Seguridad Social de todos aquellos alumnos que hagan prácticas por parte de las empresas que los acojan, independientemente de si son remuneradas o no.

Si la empresa está dispuesta a firmar un convenio de colaboración con el SEPE que incluya un apartado concreto relacionado con un compromiso de contratación con el practicante, recibirá una subvención destinada a compensar los gastos que se deriven de la tutoría y de la evaluación del mismo. Además, si lo contrata al terminar las prácticas, podrá disfrutar de medidas de apoyo a la contratación.

 

¿Por qué hacer prácticas no laborables?

Es habitual que, al terminar los estudios, no se cuente con experiencia laboral y saber cómo poner una foto en el curriculum o usar una plantilla bonita no es suficiente para conseguir una entrevista en un proceso de selección.

En este sentido, las prácticas profesionales no laborables permiten tener un primer contacto con el entorno laboral. Por un lado, nos brindan la oportunidad de aplicar todos los conocimientos que hemos ido adquiriendo durante nuestro proceso formativo, ya que las tareas a desarrollar tienen que estar relacionadas con la cualificación del alumno y pertenecer a la misma rama de estudios. Y, por otro, nos permite relacionarnos con empresas y trabajadores que desarrollan su actividad dentro del sector al que queremos dedicarnos. Con lo cual, suponen una magnífica oportunidad para hacer contactos.

 

¿Cuáles son los requisitos para  hacer prácticas no laborables?

Si tienes entre 18 y 25 años y has cursado alguna de las siguientes titulaciones académicas, puedes solicitar prácticas no laborables:

  •         Grado universitario.
  •         Formación profesional de grado superior.
  •         Formación profesional de grado medio o título equivalente.
  •         Certificado Profesionalidad.

 

Además, el solicitante tiene que estar en situación de desempleo, estar inscrito como tal en el SEPE y no haber trabajado más de tres meses en esa actividad, no computándose el tiempo de las prácticas obligatorias para obtener la titulación académica.

 

En qué se diferencian unas prácticas laborables y no laborables

Con frecuencia, las prácticas no laborables suelen confundirse con las prácticas laborables. Sin embargo, presentan características distintas, tanto a nivel de contratación como de afiliación y cotización.

 

Prácticas laborables

Las contrataciones de prácticas no laborables están sujetas a ciertas condiciones y podemos distinguir entre dos tipos de contratos:

 

contrato-practicas

 

Contrato de formación y aprendizaje

Son aquellas encaminadas a formar a trabajadores que no cuentan con estudios relacionados con las funciones que van a llevar a cabo, pudiendo llevarse a cabo a través de escuelas talleres, empresas, talleres de empleo y casas de oficios. Su duración puede variar según el convenio colectivo aplicable, pero normalmente van de 1 a 3 años. El sueldo también es fijado en base al convenio colectivo, siempre y cuando sea igual o superior al SMI.

Por su parte, las prácticas no laborables son aquellas en las que no se cuenta con un contrato ni un sueldo, aunque es posible llegar a recibir becas o ayudas. Pudiendo ser de dos tipos: formativas o complementarias a la formación.

 

Contrato en prácticas

Este tipo de contrato permite obtener la práctica profesional relacionada con el nivel académico adquirido. El trabajador tiene que contar al menos con un FP o carrera universitaria, o con algún título oficial reconocido equivalente. Su duración debe estar entre los 6 meses y los 2 años, aunque hay casos en los que el convenio contempla la posibilidad de que sea más tiempo. En cuanto al sueldo, este será del 60% del salario regulado por el convenio colectivo a lo largo del primer año y del 75% a lo largo del segundo.

 

Prácticas no laborables complementarias a la formación

Están pensadas para personas en situación de desempleo que pertenecen a la acción formativa del SEPE, con la finalidad de reinserción laboral, y como complemento a la formación teórica de los cursos realizados.

En el convenio, las empresas pueden incluir un compromiso de contratación, lo que permitiría recibir subvenciones para soportar los gastos derivados de las acciones de evaluación y tutoría. Y, por su parte, el alumno puede recibir una beca. Compromiso que es compatible con los contratos de formación y aprendizaje y con las ayudas del Bono de Empleo Joven, ya que los requisitos para este tipo de contrato son los mismos.

 

Prácticas no laborables formativas

Son prácticas relacionadas con los certificado Profesional, prácticas universitarias externas y módulos profesionales de FP en centros de trabajo de los ciclos. Su finalidad es que el trabajador pueda adquirir las capacidades necesarias en el entorno laboral, siempre en relación a la formación que ha desempeñado. Pueden ser de dos tipos:

  •         Externas curriculares: son de carácter obligatorio, imprescindibles para obtener los créditos necesarios para superar el grado, por lo que se encuentran incluidas dentro del programa académico.
  •         Externas extracurriculares: son de carácter voluntario, no forman parte de ningún programa académico, por lo que no son necesarias para obtener créditos para superar el grado.

 

¿Cómo, cuándo y dónde solicitar las prácticas no laborables?

Si quieres solicitar prácticas no laborables, tienes que contactar con tu oficina de empleo para que te indiquen la manera de acceder a ellas en tu comunidad autónoma. Y es que no en todas las regiones se establecen los mismos procedimientos. Como hemos comentado al principio, es necesario estar registrado como demandante de empleo.

Además, puedes acceder a la oferta de prácticas no laborales que se publica en la página del SEPE. Los servicios de empleo llevarán a cabo una preselección de candidatos, pero la decisión final la tiene la empresa, que será la que decida quién será la persona que, finalmente, participe en el programa de prácticas.

Los estudiantes de otros países que han terminado su formación académica también pueden optar a realizar prácticas no laborales en España, pudiendo  solicitarlas tanto los estudiantes extranjeros que han realizado estudios en el país como aquellos que proceden de instituciones internacionales. Estos tienen que haberse cursado en los dos años previos, aunque también existe la posibilidad de acceder a ellas cuando todavía se está completando la formación.

Antes de comenzar las prácticas, el trabajador tiene que firmar un acuerdo con la empresa donde se detallan las condiciones de la contratación: las funciones que se van a desempeñar, duración, horarios y el sistema de tutorías.

Al terminar las prácticas, la empresa junto el SEPE, elaborará un certificado donde se incluirá el tipo de práctica realizada, la duración, los contenidos formativos trabajados y el periodo de realización. Documento que puede recogerse en la oficina del SEPE que corresponda.

Es posible que, terminado este periodo, la empresa contrate al trabajador, lo que supone dar un paso adelante dentro del mercado laboral. Pero si no es así, siempre puedes poner en marcha una campaña de búsqueda de empleo. Ten en cuenta que ya dispones de una experiencia práctica, por lo que no empiezas desde cero. Y, para que te resulte más sencillo, en este artículo te explicamos cómo entregar un curriculum.

Y tú, ¿qué opinas sobre las prácticas no laborables? Si tienes cualquier duda o quieres realizar alguna aportación, no dudes en dejarnos tus comentarios.

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Alba Guzman

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